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LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL DEBATE O DISCURSO POLÍTICO: UNA APROXIMACIÓN AL RECORRIDO DEL CASO DE LA DIPUTADA CAYETANA ÁLVAREZ DE TOLEDO

Por Luis Enrique Ondo

La casuística del tema propuesto es especialmente rica, y de ello da cuanta los ríos de jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC), así como del TEDH que han seguido la senda de otorgar una preeminencia del derecho a libertad de expresión, una mayor amplitud especialmente resistente e inmune a las restricciones, siendo claro que en otro contexto habrían de operar, lo cual trae causa del pluralismo político (art. 1.1 CE), la tolerancia en sociedad y el espíritu de apertura inherentes a toda sociedad democrática. Todo ello, sin perjuicio de que la especial esfera de protección que confiere el derecho a la liberta de expresión no puede servir de medio vehicular para la propagación de los discursos de odio, como tampoco se puede- bajo su amparo- emitir descalificaciones o, en palabras del Tribunal Constitucional, entender otorgado un pretendido derecho al insulto (STC 49/2001, de 26 de febrero).

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© 2026 Luis Enrique Ondo

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